San Juan del Río, 23 de julio de 2018.- El Tribunal Electoral del Estado de Querétaro (TEEQ) revocó la resolución del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) en torno al presunto uso indebido de recursos públicos para promover la imagen de Guillermo Vega Guerrero como candidato a la presidencia municipal durante el proceso electoral reciente.
A partir de la sentencia emitida por los magistrados de la Sala de Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) fue modificada la resolución emitida por el tribunal local respecto a las acusaciones hechas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) por supuestos actos anticipados de campaña, uso indebido de recursos públicos, entre otros señalamientos hechos contra Vega Guerrero.
Luego de que el Consejo General del IEEQ resolvió sancionar con una amonestación pública a quien encabezó la candidatura para el Ayuntamiento por el Partido Acción Nacional, el TEEQ emitió en el mes de junio la sentencia para revocar este resolutivo.
Después de analizar las pruebas presentadas por el denunciante y el recurso de apelación promovido por el imputado, los magistrados del TEPJF pidieron al tribunal en el estado modificar la sentencia del 22 de junio, para establecer parámetros precisos en torno a los señalamientos por el supuesto uso de recursos públicos para la contienda electoral.
“Lo procedente es revocar la resolución del Tribunal Local para efectos de que, conforme a lo que se razonó en la presente sentencia, analice correctamente la resolución del Consejo General a partir de los hechos denunciados, tomando en cuenta el supuesto posicionamiento electoral con recursos públicos del entonces presidente municipal de San Juan del Río, Querétaro, sin tomar en cuenta promoción personalizada y actos anticipados de campaña”, señala la sentencia emitida por el TEPJF.
En cumplimiento a estos lineamientos, el TEEQ determinó que no existen elementos que prueben el uso de recursos municipales para influir en la contienda electoral, por lo que revocaron la sanción que inicialmente había sido establecida por los integrantes del Consejo General del IEEQ.