TEEQ protege y garantiza el derecho de los partidos políticos a postular candidaturas.

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En sesión del Pleno celebrada el día de hoy, se revocó la resolución por la cual el Consejo Distrital VIII del Instituto Electoral del Estado de Querétaro con cabecera en Amealco de Bonifil, tuvo por no presentada la solicitud de registro del Partido Verde Ecologista de Mexico, para contender en el citado Ayuntamiento.

El TEEQ determinó que con la resolución emitida por la referida autoridad administrativa electoral se vulneró la garantía de audiencia prevista a nivel constitucional y convencional, en atención a que no se le concedió al citado instituto político la posibilidad de enmendar los requisitos previstos en la normatividad electoral para obtener el registro correspondiente.

La Magistrada Presidenta Gabriela Nieto Castillo, ponente en el asunto, determinó que le asiste la razón a la parte actora y por tanto se revoca la resolución del Consejo Distrital de Amealco y ordenó que se le otorguen veinticuatro horas para que pueda exhibir la documentación faltante y en caso de no ser así se le solicite al Ayuntamiento su expedición y remisión inmediatas. Asimismo, se instruyó a la autoridad electoral para que concluido dicho procedimiento emitiera una nueva resolución en la que se pronunciara sobre la procedencia del registro correspondiente.

Con esta resolución el TEEQ garantiza las normas y principios previstos a nivel constitucional y convencional.

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