El día de hoy derivado de la resolución de la Sala Regional Monterrey, que determina como no procedente la sanción impuesta a Serafín Sánchez Ramírez, los integrantes del pleno del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro declararon improcedente el recurso de apelación presentado por el actor en contra de la resolución del Consejo General del IEEQ del día dieciséis de abril del año en curso, mediante la cual se imponía una amonestación pública.
Por tal motivo se resuelve por unanimidad sobreseer el recurso de apelación al haberse quedado sin materia ya que se actualiza la ausencia de una controversia de relevancia jurídica.